Medidas de apoyo para las personas y empresas afectadas por la DANA

Publicado el 30 de noviembre de 2024, 3:48

Jorge Zapata (EFE) www.20minutos.es

Medidas de apoyo para las personas y empresas afectadas por la DANA

La DANA  ha sido un fenómeno meteorológico que ha azotado principalmente a las provincias de Valencia y de Málaga, sumándose hasta la fecha de hoy una cifra de 224 fallecidos y 16 desaparecidos hasta la fecha.

Se estima según la Cámara de Comercio un impacto económico de 21.819 millones de euros, lo que supone el 32% del PIB de la provincia de Valencia que ha sido la más afectada por el temporal.

En cuanto al impacto que ha provocado la DANA en el ámbito laboral, el Gobierno detalla que ya hay 14.463 trabajadores en un ERTE.

Si bien la AEMET ha confirmado que ya ha pasado lo peor, los daños que ha dejado hasta la fecha son devastadores para un gran número de familias, y aunque el Gobierno Central aún no ha tomado las medidas necesarias para reparar el daño causado el Gobierno de la Comunidad Valenciana si lo ha hecho por medio del Decreto 172/2024, de 26 de novembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

 

AYUDAS PRESTADAS POR LA COMUNIDAD VALENCIANA A LAS EMPRESAS

 

 Estas ayudas van destinadas a empresas del sector industrial y del turismo (entre otras) que en fecha 28 de octubre que tenían actividad económica en funcionamiento en los municipios afectados por la DANA. La lista de municipios a los que van dirigidas estas ayudas se encuentran contempladas en el ANEXO 1 del Decreto mencionado anteriormente.

Su principal objetivo será el mantenimiento de empleo y la reactivación económica de aquellas empresas que se hayan podido ver perjudicadas. La misma se divide en dos programas:

  1. Empresas INDUSTRIALES

    Se incluyen en este Programa I las empresas del Grupo de actividades C «Industria Manufacturera» (códigos CNAE del 10 a 33) de conformidad con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real decreto 475/2007, de 13 de abril.

    Las ayudas del Programa I se tramitarán a través de expedientes administrativos con código INDANA.

  2. Empresas COMERCIALES, TURÍSTICAS, DE SERVICIOS Y OTROS TIPOS DE ACTIVIDAD

    Se incluyen en este Programa II las empresas que desarrollan actividades en los grupos del CNAE 2009 no incluidos en el Programa I.

    Las ayudas del Programa II se tramitarán a través de expedientes administrativos con código CODANA

 

En cuanto a las cuantías de las ayudas variaran dependiendo del programa que he mencionado antes. Para el PROGRAMA 1 oscilarán de los 5.000 a los 30.000 euros por empresa beneficiaria, mientras que las que pertenezcan al PROGRAMA 2 oscilarán entre los 5.000 a los 15.000 euros.

El plazo de presentación comienza en fecha 28/11/24 hasta 31-12-2024 23:59:59h

Estas ayudas son compatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones públicas que reciban las empresas afectadas, así como con las indemnizaciones procedentes de otras entidades públicas o privadas, hasta el límite del valor del daño producido.

La presentación de solicitudes se harán de forma telemática a través del siguiente enlace:  https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G101783

En el mismo encontrareis toda la información necesaria para su solicitud y tramitación.

 

AYUDAS PRESTADAS POR EL GOBIERNO

 

  • Personas afectadas por un ERTE a consecuencia de la DANA

Va dirigida a aquellas personas trabajadoras de empresas que estén en ERTE por causas de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción con causa en los efectos de la DANA. En este tipo de situaciones será la empresa la que presente una solicitud colectiva en tu nombre y en el tus compañeros y con vuestra autorización, no podrá hacerse de manera individual. Una vez reconocida la por ERTE DANA, el servicio del SEPE enviará la notificación mediante SMS al teléfono indicado en la solicitud colectiva. En caso de reincorporación al puesto de trabajo (baja de la prestación) o que haya un cambio en tu jornada laboral u otra modificación (vacaciones, maternidad, paternidad, IT...) será tu empresa la que se encargue de comunicarlo al SEPE.

Su presentación podrá hacerse de forma presencial o telemática a través de la sede electrónica del SEPE : https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/medidas-apoyo-afectados-dana/medidas-apoyo-personas-dana.html

  • Personas al servicio del Hogar

Si eres una persona trabajadora al servicio del hogar y tu actividad se ha visto interrumpida por la DANA deberás presentar solicitud individual ante el SEPE, dentro de los 15 días hábiles siguientes al cese temporal en el trabajo. Debes acompañar tu solicitud con una declaración responsable de tu empleador o empleadores. Se podrá presentar de 3 formas: 1. Presencialmente pidiendo cita previa en el sepe; 2. A través de la sede electrónica deel SEPE con tu certificado digital o Cl@ve; 3. Formulario de presolicitud, modelo que podrás en la misma página del SEPE.

 

¡Si necesitas ayuda con tu solicitud contacta conmigo! Estaré encantada de ayudarte.

 

 


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